Conforme a la primera Constitución Provincial de 1855 fue la Legislatura instalada el 18 de marzo de 1856. Estaba integrada por un diputado cada 4.000 habitantes, con mandato de dos años, renovable anualmente por mitades, mayores de 25 años y con una renta anual de 2.000 pesos. La Constitución de 1865 estableció un período de sesiones de junio a septiembre, con una comisión de tres miembros que actuaba durante el largo receso. También fijó su preeminencia en materia municipal, educación y trabajos públicos. En 1909 la tercera Constitución Provincial, concebida por Joaquín Víctor González, otorgó a la Legislatura la facultad de abrir y cerrar su período de sesiones e introdujo la figura del vicegobernador.
Fue reformada en 1933, con la inclusión del sufragio femenino, elecciones directas de Gobernador y Vice, inamovilidad de los jueces, juicio político, período de cuatro años y elección directa del intendente. Tras la sanción de la Constitución de 1949, derogada en 1956, retomó vigencia la de 1909, hasta que en 1986 una Convención Constituyente alumbró la quinta Carta Magna. Con esta enmienda, la Cámara de Diputados se compuso de un diputado por cada Departamento, con excepción de Capital que tiene cinco, Chilecito tres y Chamical, Arauco, Rosario Vera Peñaloza y Felipe Varela dos cada uno. Los partidos que no obtienen representación departamental, disponen de dos bancas "extras".
Las legislaturas riojanas reflejaron con todos sus errores y deficiencias, pero con indudables aciertos, la sociedad en que estaban inmersas. Incluso sus leyes son muestra exacta de las apetencias, anhelos y trabajos de los riojanos.
Mediante la sanción de la Ley Nº 8.183 la Cámara de Diputados dispuso que la Convención Constituyente modificara en forma parcial, la Constitución Provincial sancionada en 1986, con la enmienda de 1987 y reformada en los años 1998 y 2002.
Los objetivos generales de la reforma constitucional fueron:
Uno de los puntos sobresalientes de la Reforma Constitucional fue la modificación del Artículo 117º, que limita la posibilidad de reelección del Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, manteniendo el tiempo de duración del mandato en cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo, no pudiendo, si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, ser elegidos para ninguno de ambos cargos sino con el intervalo de un periodo.
1. f. Tiempo durante el cual funcionan los cuerpos legislativos.
2. f. Período de sesiones de Cortes durante el cual subsisten la mesa y las comisiones permanentes elegidas en cada cuerpo colegislador.
Es necesario, antes de explayarnos sobre la definición del concepto explicar que el Supremo Poder de un país democrático se compone de tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. Los mismos tienen una cualidad similar de importancia y deben trabajar conjuntamente para mantener el orden de la Nación.
Los Diputados son aquellos ciudadanos escogidos por el pueblo, para que los represente frente al gobierno. Cada provincia tiene los suyos, quienes representan a su región en la Cámara de Diputados y colaboran en la derogación de leyes que tienen por objetivo velar por la salud y la seguridad de los ciudadanos a quienes representan.
Es decir que un diputado es un individuo que es designado a través de la elección que realiza el pueblo para convertirlo en su representante en una cámara legislativa.
El diputado, por lo tanto, integra la Cámara de Diputados, la Asamblea Legislativa, la Asamblea Nacional, la Cámara de Representantes o el Parlamento, según el régimen constitucional y la denominación de cada país. En los Estados que cuentan con dos cámaras legislativas (es decir, que son bicamerales), los diputados forman parte de la cámara baja, quedando para los senadores la denominada cámara alta.
La figura del diputado es muy importante en los regímenes democráticos. Se trata de los representantes de la comunidad, elegidos por el sufragio secreto y en libertad de las personas. Al ser elegidos y llegar a la cámara correspondiente, se espera que el diputado defienda los intereses de la gente que lo votó.
La cantidad de diputados y el método de conformación de la cámara dependen de cada legislación. En Argentina, por ejemplo, existen diputados provinciales y diputados nacionales. Los diputados nacionales se escogen según un método proporcional en veinticuatro distritos (23 provincias más la Capital Federal). El mandato del diputado nacional dura cuatro años, mientras que la cámara se renueva por mitades cada un par de años.
Para que pueda constituirse una ley es necesario que en dicha constitución participen tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores, sin embargo, las labores y obligaciones de cada uno son diferentes.
Todo texto legislativo es iniciado por los Diputados, allí si es firmado por la mayoría de los presentes pasa a la cámara de Senadores que serán quienes tengan la última palabra; aunque esto puede variar de acuerdo al sistema de justicia de cada Nación.
De este modo, una vez que el Congreso de Diputados ha aprobado una ley, el Senado se reúne para deliberar sobre la misma para finalmente decidir si se promulga o no. Además, los Senadores pueden oponer su veto o incluso enmendar ciertas partes del texto, dichas modificaciones deben ser aprobadas por mayoría absoluta.
A la hora de escoger tanto Diputados como Senadores, debe tenerse en cuenta que ningún partido puede tener más del 60% de la Cámara porque de este modo se tendría una mayoría absoluta y entonces, las decisiones no podrían tomarse equitativamente.
Entre las funciones más importantes de la Cámara de Diputados se encuentran la de presentar la declaración del Presidente Electo, la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, el cual es enviado por el Ejecutivo Federal y revisar la Cuenta Pública de cada año para comprobar si se ajusta al presupuesto con el que se cuenta.
Por su parte, los Senadores tienen una serie de facultades diferentes, entre las que se encuentran el análisis de la política exterior que ha sido implementada por el Presidente de la República, aprobar aquellos tratados internacionales y otras convenciones diplomáticas que haya emprendido el Ejecutivo, analizar y derogar aquellas leyes que hayan sido aprobadas previamente por los Diputados y resolver los desajustes políticos que hayan podido surgir entre los diversos poderes del Estado.
Por su parte, los ciudadanos deben ser conscientes de las responsabilidades que debe cumplir cada una de las cámaras para saber escoger adecuadamente a cada uno de sus representantes y, una vez elegidos, puedan saber qué esperar y exigir a cada uno.
Del latín lex, una ley es una regla o norma. Se trata de un factor constante e invariable de las cosas, que nace de una causa primera. Las leyes son, por otra parte, las relaciones existentes entre los elementos que intervienen en un fenómeno.
En el ámbito del derecho, la ley es un precepto dictado por una autoridad competente. Este texto exige o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de la sociedad en su conjunto. Por ejemplo: “La venta de cocaína está penada por la ley”, “La ley prohíbe que una misma persona vote dos veces en la misma elección”, “Un hombre de bien nunca actúa de manera contraria a la ley”.
Bajo un régimen constitucional, la ley es una disposición aprobada por las Cortes y sancionadas por el jefe del Estado. Aquellas acciones que violan la ley son penadas con distintos castigos según la naturaleza y la gravedad de la falta.
Puede decirse que las leyes limitan el libre albedrío de los seres humanos que conviven en sociedad; funcionan como un control externo al cual se somete la conducta de las personas para asegurar que se cumplan una serie de normas que respondan a las necesidades de la comunidad. Si una persona considera que está bien realizar una acción que esté penada por la ley, lo normal es que se abstenga de hacerlo, dejando a un lado su creencia individual.
La ley (como norma jurídica) debe cumplir con diversos principios, como la generalidad (comprende a todos los individuos), la obligatoriedad (es imperativa) y la permanencia (es dictada con carácter indefinido), entre otros. Pero el ser humano no se caracteriza por respetar a los demás seres vivos, sean o no de su especie, y ciertas leyes (o la ausencia de las mismas) suelen evidenciar esta triste realidad.
La Cámara de Diputados es el nombre dado a la cámara baja de los congresos o parlamentos bicamerales en diversos países. Así mismo, es el nombre dado al parlamento unicameral de ciertos estados.
Históricamente, la Cámara de Diputados (en francés Chambre des députés) fue la cámara baja del parlamento en la Tercera República Francesa. El nombre se sigue utilizando informalmente para nombrar a la Assemblée nationale en la actual Quinta República Francesa.
Se denomina Cámara Baja, o Cámara de Diputados en los países con sistema bicameral, a uno de los dos órganos que ejercen el poder legislativo. Su composición y sus funciones dependen del régimen constitucional del país, y en ello hay grandes diferencias. Se trata de una designación convencional y el nombre oficial siempre es otro.
Se trata por lo general de un órgano elegido directamente por la totalidad de los ciudadanos del país, lo que suele diferenciarlo de la otra cámara ("alta"), que puede estar compuesta por representantes de determinados territorios (como en Estados Unidos o Suiza), o tener miembros hereditarios (como en el Reino Unido) o designados por el poder ejecutivo (como en el Canadá), o elegidos indirectamente (como en Francia), o por sistemas mixtos (como en España).
Aunque históricamente fue un órgano con menores facultades (y ello explica la calificación de "baja"), en los regímenes democráticos asume normalmente poderes más importantes, tanto en materia de legislación como de control del gobierno.