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Ley N° 8930
Vigente
Comercio
Defensa al Consumidor
Impuesto
Producción
Resumen
Los organismos públicos y entidades privadas (financieras y no financieras) que presten servicios de recaudación de impuestos, tasas, servicios públicos o pago de haberes por ventanilla deben atender al usuario en un lapso no mayor de treinta (30) minutos desde que este ingresa a su turno de espera