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Ley N° 8615

Ley Provincial Seguridad Vial
Fecha de sanción 08/10/2009
Autores BLOQUE JUSTICIALISTA
Resumen
La Ley N.º 8.615 prohíbe a agencias y concesionarias entregar vehículos sin que estén previamente patentados, registrados o transferidos a nombre del comprador. También exige la entrega de casco para motos y establece sanciones por incumplimiento y reincidencia.
Documento oficial
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