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Ley N° 8551
Vigente
Emergencia
Prórroga
Resumen
Se prorroga, por el plazo de ciento veinte (120) días contados a partir del día 3 de agosto de 2009, el plazo establecido en el Artículo 1° de la Ley N° 8.493 sobre Emergencia Sanitaria e Higiénica.