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Ley N° 8538
Vigente
Colegio Profesional
Creación
Educación
Municipal
Resumen
Se crea el "Suplemento por Responsabilidad Técnica y Funcional", de carácter no bonificable y no remunerativo, que será abonado a los agentes de planta permanente de la Administración Pública Provincial que posean el título de Maestro Mayor de Obra y/o Técnico Electromecánico, desarrollen tareas específicas a su formación y cumplan con los requisitos de la ley.