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Ley N° 8367
Vigente
Ley Provincial
Modificación
Resumen
Se sustituyen en todo el texto de la Ley N° 8.277 los términos "biodegradabilidad" y "biodegradable" por "degradabilidad" o "degradable", según corresponda, estableciendo que el proceso de degradabilidad debe ocurrir en el menor plazo posible según la tecnología disponible.