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Ley N° 8194
Vigente
Ejecutivo
Fecha de sanción
20/09/2007
Autores
LUIS BERNARDO ORQUERA
Resumen
Se establece que el gobierno provincial podrá realizar operaciones bancarias, financieras, de colocación a plazo y otras en entidades del rubro que operan en esta plaza, previo pedido de cotización de tasas y costas financieras.
Documento oficial
Texto completo en PDF
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