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Ley N° 8152
Vigente
Ejecutivo
Judicial
Legislativo
Municipal
Resumen
Se faculta a la Función Ejecutiva a cubrir las vacantes producidas por fallecimiento en ejercicio del servicio del titular del cargo, cuando este fuere el único ingreso del hogar. Esta medida incluye a la Administración Central, Descentralizada u Organismos Autárquicos.