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Ley N° 7262
Derogación
Justicia
Resumen
La Ley N.º 7.262 deroga el Artículo 300 de la Ley Orgánica de la Función Judicial N.º 2.425 y sus modificatorias.
La derogación entra en vigencia a partir de la promulgación de la ley por la Función Ejecutiva.
Observaciones
deroga el Artículo 300 de la Ley Orgánica de la Función Judicial N.º 2.425