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Ley N° 7091

Jubilación Modificación Seguridad
Fecha de sanción 03/05/2001
Autores FUNCION EJECUTIVA
Resumen
La Ley N.º 7.091 modifica el régimen de haberes de retiro del personal policial, estableciendo que el haber se calculará tomando como referencia el último sueldo o el mejor cargo remunerado en la institución policial, junto con las bonificaciones computables.

También contempla el prorrateo de aquellas bonificaciones que no hayan estado sujetas a aportes previsionales y establece que el haber de retiro se abonará desde el momento en que el agente deje de percibir su remuneración.
Documento oficial
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