Resumen
La Ley N.º 7.064 establece en toda la Provincia un régimen para registrar donantes voluntarios de órganos, especialmente durante comicios y otros eventos determinados por las autoridades. La voluntad de cada ciudadano debe registrarse mediante formularios del CUCAILAR y remitirse al INCUCAI.
También dispone campañas de difusión y concientización sobre la donación y permite que agentes de la Administración Pública colaboren voluntariamente en estas tareas, previa capacitación.