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Ley N° 10798

Sancionada Colegio Profesional Justicia Penal
Fecha de sanción 15/05/2025
Autores FUNCION EJECUTIVA
Vinculaciones
Resumen
El documento adjunto regula la organización de la Justicia Penal, la creación de los Colegios de Jueces y las funciones de la Oficina Judicial. Si bien en sus artículos se mencionan los principios de imparcialidad e independencia, y se indica en el Artículo 18º que el Tribunal Superior de Justicia es competente para conocer la recusación de un miembro del Tribunal de Impugnación ordinaria.
Documento oficial
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Vinculaciones de esta Ley
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