← Volver al listado

Ley N° 10798

Vigente Colegio Profesional Justicia Penal
Fecha de sanción 15/05/2025
Autores FUNCION EJECUTIVA
Resumen
El documento adjunto regula la organización de la Justicia Penal, la creación de los Colegios de Jueces y las funciones de la Oficina Judicial. Si bien en sus artículos se mencionan los principios de imparcialidad e independencia, y se indica en el Artículo 18º que el Tribunal Superior de Justicia es competente para conocer la recusación de un miembro del Tribunal de Impugnación ordinaria.
Documento oficial
Texto completo en PDF ⬇ Descargar PDF