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Ley N° 10785
Vigente
Jubilacion
Ley Provincial
Penal
Presupuesto
Reglamento
Resumen
1. Prórroga General del Adicional Jubilatorio
Se modifica el Artículo 1º de la Ley Nº 10.740. De esta manera, se extiende formalmente la vigencia del Adicional Jubilatorio Provincial (originalmente creado por la Ley N° 10.291 y prorrogado sucesivamente por las Leyes N° 10.416, 10.561 y 10.682) hasta el día 30 de abril del año 2025.
2. Plazo Especial para Fuerzas de Seguridad y Servicio Penitenciario
Se dicta un régimen diferenciado de extensión temporal para sectores específicos. El beneficio destinado al Personal Policial y al Servicio Penitenciario Provincial mantendrá su plena vigencia (bajo los términos de las Leyes N° 10.291 y 10.740) por un período más largo: hasta el día 25 de agosto del año 2025.