Resumen
Nueva definición del "Jus": Se establece que la unidad de honorario profesional denominada "jus" representará exactamente el 2% de la remuneración total bruta asignada al cargo de un Juez de Cámara en lo Civil, Comercial y de Minas de la provincia.
Porcentajes de Regulación de Honorarios: En los juicios de conocimiento que involucren sumas de dinero o bienes cuantificables, los honorarios de los abogados por su labor hasta la sentencia se fijarán entre un 10% y un 20% del monto total que prospere en la demanda (tomando capital actualizado más intereses).
Monto Mínimo Asegurado: Se determina de forma taxativa que ningún honorario profesional regulado en este tipo de procesos podrá ser inferior a 10 jus.
Intereses por Mora en el Pago: Los honorarios firmes o pactados deben abonarse en un plazo máximo de 3 días. Pasado ese tiempo, devengarán intereses automáticos hasta el efectivo pago, utilizando el mismo criterio judicial que se aplique para actualizar los valores económicos de la causa.