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Ley N° 10753
Vigente
Agua
Ejecutivo
Emergencia
Energia
Presupuesto
Prorroga
Resumen
Lo Importante de la Ley (Puntos Clave)
Declaración de Emergencia: Se declara formalmente el Estado de Emergencia en la Prestación del Servicio de Energía Eléctrica en todo el territorio de la Provincia.
Plazo de Vigencia: El periodo de emergencia se extiende desde la entrada en vigencia de la norma hasta el 31 de diciembre del año 2024.
Facultades de la Función Ejecutiva: Se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a dictar las medidas necesarias para asegurar el suministro de energía, priorizando la continuidad y la calidad del servicio público.
Modificaciones Presupuestarias: Se faculta a la Función Ejecutiva a realizar las reasignaciones y readecuaciones en el presupuesto que hagan falta para costear los gastos de las medidas implementadas.
Autoridad de Aplicación Delegada: El Ejecutivo queda habilitado para encomendar gestiones y actos específicos al Ministerio de Agua y Energía con el fin de cumplir los objetivos de la ley.
Opción de Prógrroga: Se concede a la Función Ejecutiva la potestad de prorrogar la vigencia de la ley por el término de un (1) año adicional, con la correspondiente comunicación formal a la Función Legislativa.