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Ley N° 10730

Vigente Presupuesto Salud
Fecha de sanción 04/07/2024
Autores GABRIELA MARIA AMOROSO FERNÁNDEZ, CARLA NOELIA ALIENDRO, EGLE MARICEL MUÑOZ, JUAN CARLOS SANTANDER, SYLVIA SONIA TORRES (M.C.), TERESITA LEONOR MADERA (M.C.), MARIA ANAHÍ CEBALLOS (M.C.), NICOLASA CRISTINA SAÚL (M.C.) y PEDRO OSCAR GOYOCHEA (M.C.)
Resumen
3. Lo Importante de la Ley (Puntos Clave)
Objeto Principal: Garantizar el acceso integral a la detección, diagnóstico, tratamiento, control y terapias de apoyo necesarias para el abordaje de la Endometriosis.

Derechos de las Pacientes: Se reconoce explícitamente el derecho de las pacientes a recibir información detallada sobre la enfermedad, procedimientos, diagnósticos y opciones terapéuticas, garantizando su libertad para decidir entre ellas.

Campaña de Concientización: Dispone la implementación en todo el territorio provincial de una campaña anual obligatoria de información, difusión, capacitación, detección precoz y tratamiento de la enfermedad.

Autoridad de Aplicación: Se designa al Ministerio de Salud Pública de la Provincia, el cual deberá:

Diseñar y establecer los lineamientos de las campañas de difusión.

Promover estudios científicos, censos y protocolos clínicos en colaboración con instituciones médicas y educativas.

Impulsar la actualización médica continua de los profesionales en las especialidades ginecológicas y obstétricas.

Crear el Registro Único de Endometriosis, resguardando la confidencialidad y protección de los datos recabados de entidades públicas, obras sociales y medicina privada.

Estructura y Presupuesto: El Ministerio de Salud Pública deberá designar una unidad y/o consultorio específico encargado del control y seguimiento de la norma, y los gastos derivados serán financiados con las partidas presupuestarias de dicha cartera.
Documento oficial
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