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Ley N° 10727

Vigente Ambiente Creacion Recursos Naturales
Fecha de sanción 06/06/2024
Autores NADINA VERÓNICA REYNOSO
Resumen
1. Lo Importante de la Ley (Puntos Clave)
Creación del Observatorio de RSU: Se crea el Observatorio para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) bajo la órbita de la Secretaría de Ambiente, con autoridad y aplicación en todo el territorio provincial.

Conformación Institucional: El organismo estará integrado por un Director General, un Coordinador de la Gestión Ambiental y representantes de las universidades UNLaR, UTN, Siglo XXI y Fundación Barceló, además de instituciones de trayectoria científica y técnica.

Competencias y Funciones: Su tarea principal será realizar diagnósticos, estudios e investigaciones exhaustivas sobre todas las etapas de la gestión de residuos en los departamentos (generación, acumulación, recolección, transporte, procesamiento y disposición final).

Objetivo y Difusión Pública: Su finalidad es mantener actualizada la información sobre la contaminación ambiental en la provincia para aplicar innovaciones tecnológicas. Deberá elevar un informe de gestión semestral a la Cámara de Diputados y al organismo de desarrollo sostenible, garantizando el acceso público y la difusión de las acciones ambientales.

Financiamiento y Plazos: Se faculta a la Función Ejecutiva a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para su funcionamiento y se fija un plazo máximo de noventa (90) días a partir de su promulgación para ser reglamentada.
Documento oficial
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