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Ley N° 10508
Sancionada
Hacienda
Jubilacion
Presupuesto
Resumen
La Ley N.º 10.508 de la provincia de La Rioja modifica el Artículo 1º de la Ley N.º 6.267, estableciendo una pensión mensual para exgobernadores, exvicegobernadores y expresidentes del Tribunal Superior de Justicia. La norma determina que dicho beneficio tendrá carácter no remunerativo, no bonificable y no estará sujeto a aportes, mientras que su monto será fijado anualmente por la Función Ejecutiva provincial. El objetivo de la modificación es actualizar el régimen previsional especial destinado a exautoridades provinciales.