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Ley N° 10497
Vigente
Derogación
Ejecutivo
Ley Provincial
Modificación
Veteranos
Resumen
Modificación de la Ley N° 8.087
Medida: Modifica formalmente el Artículo 4º de la Ley Provincial N° 8.087, la cual regula el otorgamiento de una Pensión Honorífica Vitalicia Mensual (habitualmente destinada en la legislación provincial a excombatientes de Malvinas o reconocimientos de mérito civil equivalente).
Observaciones
El Artículo 2º dispone la derogación expresa de: la Ley N° 8.472, la Ley N° 9.081 y el decreto de la Función Ejecutiva Provincial (F.E.P.) N° 509, de fecha 15 de abril de 2015.