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Ley N° 10486
Vigente
Ejecutivo
Obras Publicas
Resumen
Operaciones de Crédito Público
Medida: Se autoriza formalmente a la Función Ejecutiva Provincial a realizar operaciones de crédito público.
Monto Máximo Autorizado: Hasta un total en circulación de CIEN MILLONES DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (US$ 100.000.000) o su equivalente en pesos u otras monedas o unidades de valor al momento de la emisión.
Destino Exclusivo del Financiamiento: La ley restringe el uso de estos fondos con un fin estratégico: propiciar y/o sustentar la ejecución de Obras Públicas en energía renovable.