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Ley N° 10291
Vigente
ANSES
Creación
Derogación
Ejecutivo
Jubilación
Adulto Mayor
Resumen
Creación del "Adicional Jubilatorio Provincial"
Creación: Se instituye un adicional destinado a complementar el haber de pasividad abonado por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
Monto del beneficio: El equivalente al monto del beneficio previsto por el Decreto F.E.P. N° 880/07, popularmente denominado "Quincenita" (incluyendo sus complementarios y/o modificatorios), que los agentes percibían cuando estaban en actividad.
Vigencia temporal: La ley fijó una vigencia inicial de un (1) año a partir de su publicación oficial.
Observaciones
El Artículo 11º deroga explícitamente: los capítulos I, III y IV de la ley N° 8.694 y la ley N° 10.146 en todos sus términos.