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Ley N° 10238
Vigente
Ley Provincial
Modificación
Seguridad
Resumen
Modificación de la Ley Orgánica Policial
La norma dispone la modificación del Artículo 50° de la Ley N° 9.940 (Ley Orgánica de la Policía de la Provincia), reconfigurando los requisitos y facultades de la cúpula policial bajo un nuevo diseño legal:
Idoneidad sobre Estado Policial Directo: Se establece que la Jefatura de la Policía será ejercida por un funcionario designado por el Gobernador de la Provincia que cuente con "idoneidad profesional" para el cargo. Esto flexibiliza el marco normativo previo para el nombramiento del Jefe de Policía.
Asiento y Retribución: Se ratifica que el Jefe de Policía tendrá su asiento oficial en la ciudad Capital y percibirá una asignación económica especial determinada por la Ley de Presupuesto vigente para dicha función.
Descentralización de Nombramientos Internos: La reforma introduce una facultad clave: "Los Directores Generales serán nombrados directamente por el Jefe de Policía". Esto otorga mayor autonomía interna a la Jefatura para armar su plana mayor de directores sin requerir un decreto del Ejecutivo para cada caso intermedio.