← Volver al listado

Ley N° 10755

Vigente Ejecutivo Emergencia Presupuesto
Fecha de sanción 17/10/2024
Autores FUNCIÓN EJECUTIVA
Resumen
Lo Importante de la Ley (Puntos Clave)

El núcleo de la ley y su decreto anexo consiste en establecer e incrementar las escalas salariales (sueldos básicos) para el personal del sector público provincial y municipal, aplicables a partir del 1 de septiembre de 2024.

Justificación y Alcance

Contexto de Emergencia: Se argumenta la necesidad de recomponer haberes ante la situación de emergencia económico-financiera nacional.
Inclusión de Municipios: Los incrementos se hacen extensivos a los agentes de los Municipios Departamentales en el marco de la Ley de Coparticipación Provincial Nº 9.782.
Exclusión: Se excluye explícitamente de este decreto al personal docente de toda la provincia.
Cálculo Especial: Se dispone que el Adicional Remunerativo No Bonificable (bajo DNU N° 272/24) para el estamento de Intendente Municipal se calculará sobre el 130% de su respectivo haber básico.

Estructura de las Escalas Salariales (Sueldos Básicos por Sector)

La norma detalla los sueldos básicos fijados a través de 17 anexos, entre los cuales se destacan: Escalafón General (Anexo I): Varía desde la Categoría 06 con $143.460,79 hasta la Categoría 24 con $166.825,61. Seguridad y Policía (Anexo II): El sueldo básico para un Agente se fija en $267.960,00, el de un Comisario en $293.160,00, y el del Jefe de Policía en $394.800,00. El personal civil profesional (Cat. G025) percibe $332.640,00. Servicio Penitenciario (Anexo III): Mantiene valores equivalentes a la policía; un Subayudante inicia con un básico de $267.960,00 y el Director General asciende a $394.800,00. Ministerio de Salud (Anexo IV): Los básicos profesionales se dividen por grupos, partiendo de $295.040,89 (Grupo A01) hasta $367.932,66 (Grupo A05). El personal de servicios generales (Grupo E01) se fija en $237.768,88. Autoridades Superiores (Anexo X): Define los sueldos básicos del personal jerárquico político: Subsecretario: $400.674,07 Secretario de Estado: $471.673,64 Ministro: $542.396,48 Gobernador: $593.511,50 Funcionarios Municipales (Anexo XVI): Regula los básicos para las comunas, fijando al Intendente y Viceintendente en $400.674,07, Concejales en $327.115,50, y Directores en $234.522,58. Otros organismos incluidos con escalas particulares: Tribunal de Cuentas Provincial (Anexo V), Vialidad Provincial (Anexo VI), Imprenta y Boletín Oficial (Anexo VII), Concejo Deliberante Capital (Anexo VIII), Tribunal de Cuentas Municipal (Anexo IX), Funcionarios No Escalafonados (Anexo XI), AJALAR (Anexo XII), Ente de Control de Privatizaciones (Anexo XIII), Hospital de la Madre y el Niño (Anexo XIV), Radio y Televisión Provincial (Anexo XV) y Dirección General de Aeronáutica (Anexo XVII).
Documento oficial
Texto completo en PDF ⬇ Descargar PDF