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Ley N° 6102
Vigente
Colegio Profesional
Educación
Resumen
Esta ley confirma como titulares, de manera excepcional y por única vez, al personal interino que se desempeña en institutos y/o establecimientos de Nivel Medio (con catorce/ciclo completo de 5 o más años) y de Nivel Superior (con 2 o más años) dependientes del Consejo Provincial de Educación.