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Ley N° 7076

Agricultura Emergencia Ganadería Sanagasta
Fecha de sanción 15/03/2001
Autores PEDRO JOSE PAEZ
Resumen
La Ley N.º 7.076 declara al Departamento Sanagasta en Zona de Desastre Agropecuario por el plazo de un año, debido a los daños ocasionados por un fenómeno meteorológico.

Asimismo, faculta al Ejecutivo a realizar reestructuraciones presupuestarias para reparar los daños, establece la exención de impuestos provinciales para los sectores afectados y dispone gestionar ante las autoridades nacionales el reconocimiento del desastre agropecuario.
Documento oficial
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