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Ley N° 7110
Vigente
Adhesión
Comunicación
Ley Nacional
Ley Provincial
Modificación
Transito
Resumen
La ley modifica parcialmente el Artículo 1 de la Ley N° 6.168 sobre la adhesión a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, exceptuando lo relativo al uso de luces y estableciendo la obligatoriedad de encender la luz baja de forma permanente durante la circulación en rutas nacionales, provinciales e interurbanas.