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Ley N° 10718

Sancionada Capital Catastro Donacion Inmueble
Fecha de sanción 23/05/2024
Autores GABRIELA MARÍA AMOROSO FERNÁNDEZ
Vinculaciones
Resumen
1. Objeto de la Ley y Beneficiario (Artículo 1º)

Donación de inmueble: Se transfiere en carácter de donación un inmueble perteneciente al Estado Provincial a favor del "Club Social y Deportivo del Sur".
Personería Jurídica: La entidad beneficiaria cuenta con personería jurídica acordada mediante la Resolución Nº 851 de fecha 24 de octubre de 2012.

2. Destino del Inmueble (Artículo 3º)

El predio objeto de la donación estará destinado exclusivamente al desarrollo de las actividades deportivas, culturales y sociales propias del "Club Social y Deportivo del Sur".
Documento oficial
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Vinculaciones de esta Ley
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✉️ legislacion@legislaturalarioja.gob.ar