Resumen
Objeto de la Ley
El propósito principal de la norma es garantizar que los agentes públicos que deban guardar aislamiento y reposo debido a la Emergencia Epidemiológica y Brote Sanitario no sufran penalizaciones económicas en sus haberes por inasistencia.
Alcance (¿A quiénes aplica?)
La medida abarca a los agentes de la Administración Pública Provincial de los tres poderes del Estado, sin distinción de escalafón ni régimen laboral aplicable:
Función Ejecutiva.
Función Legislativa.
Función Judicial.
Organismos comprendidos: Administración Central y Descentralizada, Entidades Autárquicas, Entes Reguladores y Residuales, y cualquier otro organismo público sin importar su naturaleza jurídica.
Requisitos para Solicitar la Licencia
Para poder acceder a esta licencia especial por enfermedad, el agente debe contar con:
Diagnóstico y certificación médica que acredite que presenta síntomas de enfermedades vinculadas a la Emergencia Epidemiológica y Brote Sanitario.
Criterio del facultativo (médico) que determine expresamente que el cuadro del paciente requiere aislamiento y reposo.
Derechos Protegidos (Adicionales que se mantienen)
El otorgamiento de esta licencia establece por ley que no se afectará el derecho a la percepción total de:
El adicional por asistencia perfecta (presentismo).
El adicional no remunerativo establecido por el Decreto N° 880/07 (y sus modificatorias), popularmente conocido como "quincenita".