Resumen
Crea en el ámbito de la Segunda Circunscripción Judicial una (1) Cámara Unipersonal en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional con sede en Villa Unión, con competencia en los departamentos Coronel Felipe Varela, General Lamadrid y Vinchina. Y por último se modifica el Artículo 3 de la Ley N° 2.425 (Ley Orgánica de la Función Judicial) para actualizar la composición y distribución de los órganos judiciales en distintas ciudades de la provincia, como La Rioja, Chilecito, Villa Unión, Aimogasta, Chepes y Chamical.