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Ley N° 8580

Vigente Agricultura Ejecutivo Emergencia Ganadería
Fecha de sanción 17/09/2009
Autores BLOQUE JUSTICIALISTA
Resumen
Establece que no podrán hacer uso de los beneficios previstos en la ley los productores que se hallen amparados por un seguro sobre la producción a la fecha de sanción, ni aquellos que posean más de trescientas (300) cabezas de ganado.
Documento oficial
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