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Ley N° 8323

Vigente Ejecutivo Ley Provincial Modificación
Fecha de sanción 03/07/2008
Autores ROBERTO NICOLÁS BRIZUELA
Resumen
Se autoriza a la Función Ejecutiva a renegociar y/o rescindir los contratos comprendidos en el Artículo 1° de dicha ley con posterior aprobación de la Cámara de Diputados. Para los contratos de prestación de servicios públicos se deben considerar ciertos criterios.
Documento oficial
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