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Ley N° 8102
Vigente
Finanzas
Hacienda
Modificación
Presupuesto
Reglamento
Rentas General
Salud
Resumen
Se incorpora a los profesionales Licenciados en Producción de Bioimágenes, en Nutrición, y en Kinesiología y Fisioterapia a la lista de profesionales que perciben el "Suplemento por Zona", establecido en el Artículo 26° de la Ley N° 4.437.