← Volver al listado

Ley N° 10807

Vigente Colegio Profesional Donacion Inmueble Ley Provincial Modificacion
Fecha de sanción 03/07/2025
Autores BLOQUE JUSTICIALISTA
Resumen
Modificación de Ley Previa: Modifica el Artículo 3º de la Ley Nº 9.130.

Donación de Inmueble: Establece que un inmueble previamente expropiado por el Estado provincial será transferido de forma gratuita (en carácter de donación) al Consejo Profesional de Trabajo Social.

Plazo y Condición (Cargo): El Consejo tiene la obligación ("el cargo") de construir su sede institucional en ese terreno en un plazo máximo de cinco (5) años, contados a partir de que acepten formalmente la donación.

Cláusula de Incumplimiento: Si la institución no edifica la sede dentro de los 5 años previstos, el inmueble volverá automáticamente al patrimonio del Estado Provincial (proceso conocido jurídicamente como retrocesión), previo trámite judicial.
Documento oficial
Texto completo en PDF ⬇ Descargar PDF
Observaciones
Modificación del Artículo 3º de la Ley Nº 9.130