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Ley N° 10372

vigente Decreto Salud
Fecha de sanción 15/04/2021
Autores FUNCION EJECUTIVA
Resumen
La ley incorpora al Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial una Licencia Especial con goce íntegro de haberes para agentes que deban cuidar a su madre, padre, tutor, cónyuge, conviviente, hijos o familiares a cargo que padezcan una enfermedad oncológica, grave, terminal o hayan sufrido un accidente grave.

La licencia puede otorgarse por hasta 180 días corridos, con posibilidad de renovación mientras persista la situación que requiera cuidados, previa acreditación médica. El beneficio alcanza a los agentes de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial y Municipal, salvo que cuenten con un régimen especial más favorable. La norma también define los alcances de las enfermedades y situaciones comprendidas, garantizando protección laboral para quienes deban asumir tareas de cuidado familiar.
Documento oficial
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