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Ley N° 10810

Vigente Agua DGIP Energia Modificacion SAPEM
Fecha de sanción 03/07/2025
Autores FUNCIÓN EJECUTIVА
Resumen
Fin de Exenciones Impositivas: A partir del período fiscal 2025, las empresas estatales (SAPEM, S.R.L. con mayoría estatal y S.A.U. cuyo socio único sea la Provincia) pasan a estar alcanzadas por todos los impuestos provinciales recaudados por la DGIP.

Anulación de Beneficios Previos: Quedan sin efecto todos los actos administrativos previos que otorgaban exenciones impositivas a estas sociedades a partir del 1 de enero de 2025.

Excepciones Estratégicas: Se mantienen exentas del pago de impuestos provinciales únicamente dos empresas: Aguas Riojanas S.A.U. y EDELaR (electricidad).

Condición de Exención: Estas dos empresas seguirán exentas mientras su capital sea mayoritariamente estatal y sigan prestando servicios públicos esenciales.
Documento oficial
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Observaciones
Modificación al Artículo 111º de la Ley N° 10.780