← Volver al listado
Ley N° 10635
vigente
Capital
Donacion
Inmueble
Resumen
Autoriza al Estado Provincial a donar terrenos fiscales ubicados en el sector sudoeste de la ciudad de La Rioja a familias previamente relevadas y registradas por la Secretaría de Tierras y Hábitat Social.
Los lotes se transfieren mediante donación con cargo a familias beneficiarias.
Deben destinarse exclusivamente a la construcción de vivienda única, familiar y permanente.
Las propiedades no pueden venderse ni transferirse durante 10 años.
Los beneficiarios tienen un plazo de 3 años para cumplir con el destino previsto (construcción de la vivienda).
Si no se cumple el cargo establecido, el inmueble vuelve al patrimonio del Estado Provincial.
La Secretaría de Tierras y Hábitat Social será responsable de confeccionar y entregar las escrituras correspondientes.