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Ley N° 9376

Vigente Adulto Mayor Jubilación Ley Provincial
Fecha de sanción 09/05/2013
Autores CAMILA DEL VALLE HERRERA y JORGE DANIEL BASSO
Resumen
Gratuidad y Carácter Personal

Todos los trámites que se realizan ante la Secretaría de Gestión Previsional de la provincia deben ser, por ley, gratuitos y personales.

La ley define al "Gestor Previsional" exclusivamente como la persona designada por el titular para representarlo, prohibiendo que esta actividad sea una profesión remunerada.
Documento oficial
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