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Ley N° 9187

Vigente Ambiente Recursos Naturales Turismo Vinchina
Fecha de sanción 12/04/2012
Autores SILVIA NATIVIDAD CÓRDOBA
Resumen
Exención al Fondo Especial de Recursos Renovables

Se exceptúa formalmente de las disposiciones del Fondo Especial de Recursos Renovables a las tasas y/o derechos que determine y recaude un municipio en particular.

Este fondo provincial había sido creado originalmente por el Artículo 47° de la Ley N° 7.138 (Ley de Medio Ambiente / Recursos Naturales de la provincia).

El Municipio del Departamento Vinchina, Provincia de La Rioja.

Al quedar exceptuado de este fondo provincial, el Municipio de Vinchina adquiere la potestad plena y exclusiva de administrar, percibir y disponer de la recaudación de sus propias tasas y derechos locales (generalmente vinculados al turismo de aventura, acceso a la Reserva de la Laguna Brava o recursos locales) conforme a sus facultades tributarias, sin tener que coparticipar o derivar esos conceptos al fondo especial de la provincia.
Documento oficial
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