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Ley N° 9165

Vigente Catastro Inmueble
Fecha de sanción 15/12/2011
Autores DÉLFOR AUGUSTO BRIZUELA
Resumen
Declaración de Utilidad Pública y Expropiación de Urgencia

Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia una fracción de terreno que forma parte de un inmueble de mayor extensión.

La ley determina de forma taxativa que el inmueble expropiado será objeto de cumplimiento de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 8.759. Esto implica que el terreno se incorpora a los planes provinciales de desarrollo urbano, loteo social o infraestructura pública previstos por dicha norma marco.
Documento oficial
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