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Ley N° 10000

Vigente Convenio Desarrollo Social Ley Nacional
Fecha de sanción 03/08/2017
Autores FUNCIÓN EJECUTIVA
Resumen
1. Puntos Clave de la Ley y el Convenio

La Ley N° 10.000 aprueba el Convenio en Materia de Mutuales entre el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.), el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de La Rioja.

Objetivo: Dar continuidad jurídica a la colaboración entre Nación y Provincia para que las mutuales locales adecuen su funcionamiento a la Ley N° 20.321.

Órgano Local Competente: Se designa a la Dirección General de Asociativismo y Cooperativismo, dependiente de la Subsecretaría de Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social provincial, como el organismo responsable de las funciones del convenio.

Facultades Delegadas a la Provincia: Promoción, fomento y asistencia técnica al mutualismo. Gestión y asesoramiento para la constitución de nuevas mutuales, incluyendo el dictado de cursos de capacitación obligatorios. Control público y poder de policía (fiscalización) sobre las entidades domiciliadas en la provincia o sus filiales. Rubricar libros sociales y certificar firmas y documentos.

Registros y Digitalización: La provincia debe llevar un Registro de Mutuales y un Registro de Antecedentes coordinados con el Registro Nacional de Mutualidades. Se establece el compromiso de digitalizar legajos y comunicaciones mediante firma digital.

Vigencia: El convenio sustituye acuerdos anteriores y se mantiene vigente hasta que una de las partes lo denuncie con 60 días de anticipación.
Documento oficial
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