Resumen
Modifica la Ley 7.536 de contrataciones del Estado provincial, estableciendo la obligatoriedad de aplicar criterios de preferencia en todas las compras públicas, contratación de servicios, ejecución de obras y concesiones realizadas por los organismos de las tres funciones del Estado.
Prioriza la adquisición de bienes y servicios locales, la contratación de mano de obra local en emprendimientos con participación estatal (mínimo 80% en SAPEM y similares), y la ejecución de obras y concesiones por empresas locales o uniones transitorias de empresas. También refuerza el control de cumplimiento a cargo del Tribunal de Cuentas de la Provincia, con facultades de verificación y sanción.