← Volver al listado

Ley N° 9584

Vigente Cultura Discapacidad
Fecha de sanción 04/09/2014
Autores DÉLFOR AUGUSTO BRIZUELA
Resumen
Garantizar la accesibilidad auditiva a personas con hipoacusia mediante el uso de tecnología de inducción magnética.

Espacios alcanzados: La obligación aplica a salas de espectáculos, conferencias, aulas magnas, auditorios, cines, teatros, establecimientos educativos y cualquier otro lugar que la reglamentación indique.

El sistema debe cubrir al menos el 10% de la capacidad de butacas o asientos, priorizando una ubicación preferencial para los usuarios.

La instalación es requisito indispensable para obtener las habilitaciones de funcionamiento. El incumplimiento deriva en multas (entre 20 y 100 JUS) y la posibilidad de clausura hasta que se regularice la situación.
Documento oficial
Texto completo en PDF ⬇ Descargar PDF