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Ley N° 9557
Vigente
Catastro
Chilecito
Ejecutivo
Famatina
Inmueble
Resumen
Declarar de Utilidad Pública y sujetos a expropiación de urgencia un conjunto numeroso de inmuebles (la ley detalla al menos 37 propiedades) en los departamentos Chilecito y Famatina.
La expropiación se realiza bajo el marco de la Ley N° 4.611, que regula el procedimiento expropiatorio en la provincia.
Esta ley responde a la necesidad de dotar al Estado provincial de la titularidad de tierras estratégicas para la ejecución de proyectos de desarrollo, urbanización y obras de infraestructura, fundamentándose en los planos de mensura aprobados originalmente en el año 1976.