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Ley N° 9357

Vigente Derogación Ejecutivo Judicial Juicio Justicia
Fecha de sanción 13/12/2012
Autores FUNCIÓN EJECUTIVA
Resumen
Creación de las Salas Unipersonales

Las Cámaras, que tradicionalmente actuaban de forma colegiada (todos los jueces debían intervenir), ahora se dividen en tantas "Salas Unipersonales" como jueces tenga la Cámara.

Estas salas son competentes para decidir de forma individual en causas de:

Juicios Sumarios y Sumarísimos.

Procesos Compulsorios (Ejecutivos y Ejecuciones Especiales).

Ejecución de sentencias (nacionales y extranjeras).

Juicios Sucesorios.

Procesos de Jurisdicción Voluntaria.
Documento oficial
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Observaciones
La ley deroga el Artículo 132° de la Ley N° 7.863, ajustando el nuevo sistema procesal a la normativa orgánica existente