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Ley N° 10022

Vigente Legislativo Presupuesto
Fecha de sanción 09/11/2017
Autores FUNCIÓN EJECUTIVA
Resumen
El objeto principal de la ley es la ratificación legislativa del Decreto F.E.P. N° 634 (de fecha 26 de junio de 2017), el cual dispuso un incremento salarial y de beneficios para los agentes públicos y diversos programas sociales de la provincia. Los puntos económicos y administrativos más destacados del decreto anexo son:

Asignaciones Familiares (A partir del 01 de julio de 2017)

Se reestructuraron los rangos de sueldo acumulado y los montos correspondientes para las asignaciones por hijo, hijo con otras capacidades y prenatal: Por Hijo y Prenatal: Se liquidan en $360,00 (para sueldos < $13.099,99); $270,00 (de $13.100,00 a $13.849,99); y $180,00 (para sueldos > $13.850,00). Por Hijo con otras capacidades: Se fijan en $1.440,00; $1.080,00; y $720,00 siguiendo los mismos rangos salariales anteriores.

Incrementos de Sumas Fijas (A partir del 01 de julio de 2017)

Adicional Especial (Mes de junio): Se dispuso el pago por única vez de una cuota de $1.500,00 de carácter No Remunerativo (según pautas del Decreto N° 218/17). Locación de Servicios: Aumento de $300,00 en los honorarios del personal contratado bajo esta modalidad a título personal. Becas y Pensiones: Incremento de $300,00 para beneficiarios de becas laborales, tutorías, pasantías, jubilados no transferidos y pensiones graciables. Planes Provinciales y de Desarrollo Social: Incremento de $300,00 para la Guardia Urbana, personas dadas de baja de ANSES (SAF 910 y 250), y múltiples programas como PRO.SO.CA., Promotores Comunitarios, Tarjeta Social, entre otros. Deportistas de Alto Rendimiento: Se elevó en $7.500,00 el monto destinado al Régimen de Becas de la Ley N° 8.605.

Reconfiguración del Concepto de Refrigerio

Se elevó a la suma de $514,80 el importe mensual por refrigerio para el personal de la Administración Pública, calculado sobre la base de 20 días trabajados. Régimen de Inasistencias: Las ausencias por salud o examen justificadas no descuentan el beneficio. Las faltas justificadas por otros motivos descuentan $25,74 por día, mientras que las inasistencias injustificadas penalizan con un descuento de $38,61 por jornada.

Alcance Municipal

Se estableció explícitamente que las disposiciones del decreto alcanzan y son aplicables a los agentes de los Municipios Departamentales de la Provincia, en concordancia con la Ley N° 9.782.
Documento oficial
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